Por los razonamientos anteriormente expuestos y de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL, EN FUNCION DE JUICIO UNIPERSONAL NÚMERO DOS, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano PÉREZ MILLÁN HENRY JOEL, nacionalidad venezolana, mayor de edad, nacido en fecha 20-04-1983, residenciado en la Finca la Fortuna, diagonal al Batallón de Cazadores de la Fría, Estado Táchira, por la presunta comisión de los delitos de TENTATIVA DE VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 374 ordinal 1° del Código Penal, y artículo 80 y 83 ejusdem, en perjuicio de la niña Ávila Jáuregui Jennifer María, y COOPERADOR EN LA TENTATIVA DE VIOLACIÓN, previsto y sancionado en los artículos 374 ordinal 1° del Código Penal, en concordancia con el artículo 80 ejusdem, en perjuicio .....