motivaciones, este Tribunal TERCERO DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA EXTENSION VALLES DEL TUY, emite el siguiente pronunciamiento.
U n i c o: : Conforme a lo solicitado por la Defensa Privada de los imputados de autos JOSE ALBERTO SALAZAT SEQUERA y RONDON DAVILA LEONEL ENRIQUE, MODIFICA la Medica Cautelar Sustitutiva de Libertad que les fuera impuesta en fecha 11-04-07, solo con relación al contenido del numeral 8° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal y les impone la obligación de presentar dos (2) fiadores por cada uno de ellos, que justifiquen un ingreso mensual de treinta (30) unidades Tributarias, ratificando las impuestas con relación a los numerales 3" y 6° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese la presente decisión.
LA JUEZ TERCERA DE CONTROL,
ADALGIZA T. MARCANO HERNANDEZ
La Secretaria,
ABG. NACARIS MARRERO
Seguidamente se dio cumplimiento.....