DISPOSITIVO
En base a todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos y en atención a los meritos que de ellos se desprenden; este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CHARALLAVE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO EL DESISTIMIENTO del Procedimiento de la Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por el ciudadano CESAR ALEJANDRO BLANCO PEINADO, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-17.286.297, en su condición de presuntamente agraviado, en contra del INSTITUTO DE FERROCARRILES DEL ESTADO (I.F.E.), en su condición de presunto agraviante; de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales; SEGUNDO: No hay condenatoria en costas del proceso.
Finalmente, el lapso para recurrir de la presente decisión será dentr.....