declara la PRESCRIPCIÓN DE LA PENA PRINCIPAL por cumplir la pena impuesta en libertad, un total de CINCO (05) AÑOS, SEIS (06) MESES y VEINTE (20) DIAS de Prisión y de las penas accesorias del artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de ASALTO A UNIDAD DE TRANSPORTE COLECTIVO EN GRADO DE FRUSTACIÓN, previsto y sancionado en el Artículo 357 en relación con el artículo 80 ambos del Código Penal, que había condenado al ciudadano penado: JOHAN GUTIERREZ NAVARRO, titular de la Cédula de Identidad Nº V.-17.458.510, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS, SEIS (06) MESES y VEINTE (20) DIAS de Prisión y de las penas accesorias del artículo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de ASALTO A UNIDAD DE TRANSPORTE COLECTIVO EN GRADO DE FRUSTACIÓN, previsto y sancionado en el Artículo 357 en relación con el artículo 80 ambos del Código Penal.