declara, de conformidad con los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civil, INADMISIBLE la demanda que por NULIDAD interpusiera la ciudadana EVELIA TERESA FUENTES MORENO, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V-4.8423.280, contra la Sociedad Mercantil INMOBILIARIA BOSQUE ALTO C.A, y los ciudadanos TITO ROBERTO FUENTES MORENO, AIDA JOSEFINA FUENTES de FREITAS y ELIA JOSEFINA FUENTES de NIETO, mayores de edad y portadores de las cédulas de identidad Nos. V-3.587.709, V-4.052.130 y V-4.845.907, respectivamente.-
De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena en costas a la parte demandante.-
Para dar cumplimiento a lo ordenado en el artículo 248 eiusdem, déjese copia certificada de la anterior sentencia.-
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circuns.....