Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: al ciudadano JUAN CARLOS ACOSTA ORTIZ, venezolano, mayor de edad y titulare de las cédula de identidad Nos. V-6.249.919, ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la causante GLADYS MERCEDES ORTIZ PEREZ, fallecida en fecha 29 de enero de 2019, quien fuese venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-968.176, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase la presente solicitud en original y déjese copia.
Publíquese, Regístrese y déjese constancia en el diario.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho.....