PRIMERO: Se acepta la objeción del Fiscal del Ministerio Público, la Defensa y la Victima en cuanto a la participación como escabino de la ciudadana LUISA TERESA BELLO, por cuanto no es bachiller, de conformidad con el numeral 3 del artículo 151 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en los artículos 3, 65, 149, 161, 164 del Código Orgánico Procesal Penal, por cumplir los requisitos establecidos en la normativa procesal, se declara constituido el TRIBUNAL MIXTO TERCERO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES, que decidirá la causa identificada N° 3M671-03 seguida a RODRIGUEZ YONNY DAVID, C.I. N° 9.488.972 de la siguiente manera: Juez Presidente LIESKA DANIELA FORNES DIAZ, Juez Titular de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en Los Teques en función de Juicio Nº 3, y los ciudadanos ESCABINOS: ALONSO NAVIA PABLO JULIO (Titular 1), HERNAND.....