DISPOSITIVA
En razón de lo expuesto, esta Sala Tercera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: Se ANULA DE OFICIO, la decisión dictada en fecha 26/02/2016 por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Miranda, extensión Valles del Tuy, mediante la cual acuerda declarar la INADMISIBILIDAD de la Acusación Privada presentada por el ciudadano HENRY CATALINO LOVERA GONZALEZ, cedulado Nº V-11.366.350, asistido por el profesional del derecho NELSON CORNIELES ROMANACE, INPREABOGADO Nº 36.066, en la causa seguida a los ciudadanos OMARELIS AIRAM BETANCOURT GONZALEZ cedulada Nº V- 16.903.988 y WILLIAN FERNANDEZ, cedulado Nº V-15.342.435, por la presunta comisión de los delitos de ADULTERIO E INJURIA GRAVE EN GRADO DE CONTINUIDAD, previsto y sa.....