"... este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN GUARENAS, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda por PRESTACIONES SOCIALES interpuesta por la ciudadana MARÍA DEL CARMEN GIL BLANCO, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° 22.788.651, en contra de la sociedad mercantil EL BODEGON DEL GALLEGO II, C.A., sociedad mercantil legalmente inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, asentada bajo el Nº 29, Tomo 67-A-Pro, de fecha 23 de mayo de 2005; en consecuencia:
PRIMERO: Se condena a la demanda al pago de la cantidad de DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO CON CINCO CÉNTIMOS (Bs.F. 19.475,05), equivalente a los siguientes conceptos:
¿ PRESTACIÓN DE ANTIGÜEDAD.
¿ VACACIONES VENCIDAS Y FRACCION.....