declara dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los ciudadanos ROSSANA ELYENET ZURITA GALINDO, OSKARINA ZURITA GALINDO y OSCAR ENRIQUE ZURITA GALINDO, mayores de edad, venezolanos, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-15.834.688, V-16.116.463 y V-19.868.027, respectivamente, en su condición de causahabientes (hijos), son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante CESAR OSCAR ZURITA, quien fuera venezolano y titular de la Cédula de Identidad V-6.129.621.