declara dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que la ciudadana DANIELA ALEJANDRA GONZALEZ HERNANDEZ, mayor de edad, de este domicilio, venezolana, y titular de la cédula de identidad Nº V-23.625.066, en su condición de hija es la ÚNICA Y UNIVERSAL HEREDERA del causante RODOLFO JOSE GONZALEZ BREINDEMBACH, quien fuera venezolano, y titular de la Cédula de Identidad Nº 11.041.012. Expídase por Secretaría copias certificadas de todas las actuaciones que conforman la presente solicitud, para ser entregadas a la parte solicitante, de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal, constante de catorce (14) folios útiles.