Primero: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida al ciudadano Abreu Jean Carlos, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.322.977, de nacionalidad venezolana, de estado civil soltero, de oficio comerciante, residenciado en Urbanización La Quinta, Terraza 09, Edificio A, Piso 05, Apto. 05, Los Teques, Estado Miranda; de conformidad con lo establecido en los artículos 11, 108 numeral 7° y 318 numeral 4° todos del Código Orgánico Procesal Penal.-
Segundo: Se ordena al Ministerio Público proceda a la destrucción de la sustancia incautada previo cumplimiento del particular primero de este fallo; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 146 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, así como la decisión emanada del Tribunal Supremo de Justicia, Sala Constitucional, de fecha cuatro (04) de Noviembre del año dos mil dos (2002), con ponencia del Magistrado ANTONIO J. GARCIA GARCIA.-
Tercero: Se acuerda expedir por Secretaría las copias certifi.....