Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Se declara con lugar la solicitud presentada por el Ministerio Público procediendo de conformidad con lo previsto en el artículo 250, en su cuarto y quinto aparte, del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto la misma fue interpuesta dentro del lapso legal establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se acuerda una prorroga al Fiscal Auxiliar Duodécimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en los Teques, y a tal efecto se ACUERDA UNA PRORROGA DE QUINCE (15) DIAS CONTINUOS, el cual se inicia el 26 de septiembre de dos mil siete (26-09-2007) y vence el 10 de octubre del año dos mil siete (10-10-200.....