Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y actuando por Autoridad de la Ley, conforme a los Artículos 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara:
1. Se declara CON LUGAR la QUERELLA INTERDICTAL DE AMPARO interpuesta por el ciudadano JORGE PRIMERA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-14.384.459, contra el ciudadano LEONARDO BRICEÑO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-12.452.197.