PRIMERO: Con lugar la revisión de la medida cautelar sustitutiva de libertad consistente en detención domiciliaria en su propio domicilio, SECTOR LA PALMITA PUEBLO NUEVO OCUMARE DEL TUY ESTADO MIRANDA en favor del ciudadano :GREGORY JOSE ISTURIZ nacionalidad venezolana, estado civil soltero , titular de la cédula de identidad No15.891.594 como consecuencia de lo anterior quedará de igual forma el acusado comprometido por medio de acta que a tal efecto se ordena levantar, a no ausentarse del Municipio Tomas Lander, Sector La Palmita, Pueblo Nuevo, Ocumare del Tuy, Estado Miranda y a presentarse cada ocho (8) días a la sede de éste Tribunal de conformidad con establecido en los artículos 256 numeral 1, 260 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Líbrese oficio dirigido al Director del Instituto Autónomo Policía Municipal del Estado Miranda, a los fines de notificarle del presente fallo y del deber que tiene de informar cada quince (15) días en relac.....