DECLARA CON LUGAR EL PROCEDIMIENTO POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS EN FASE DE JUICIO por aplicación del Artículo 583 en relación al 371 del Código Penal reformado. En consecuencia oída como ha sido la declaración del adolescente, en la cual se ha acogido al Procedimiento Especial por Admisión de los Hechos, previsto en el artículo 583 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, lo cual hizo libre de apremio y coacción y de manera espontánea habiendo admitido su responsabilidad en la comisión del delito de COAUTORES EN EL DELITO DE ASALTO A UNIDAD DE TRANSPORTE PUBLICO, previsto en el artículo 357 en relación con el articulom83 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos: IDENTIDAD OMITIDA, y adicionalmente para el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, se le acusa por la presunta comisión del delito de USO DE FACSIMIL DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 114 de la Ley para el Desarme y el Control de Armas y Municiones. Es por lo que Se CONDENA a los adolescentes acu.....