DECLARAR CON LUGAR la Solicitud de Amparo Constitucional incoado por NATHALEE DEL VALLE PRISCO BRICEÑO y JANNETH ISABEL PRISCO MOLINA, con cédulas de identidad Nos. V-13172057 y 9341377 en su orden y de este domicilio, en contra de la ASOCIACION CIVIL EL ARAGUANEY, persona jurídica inscrita en el Registro Público jurisdiccional, el 01-08-2002 bajo el No. 6, Tomo V Protocolo 1ro., representada por ADRIANA YAJAIRA VIVAS CASIQUE, con cédula de identidad N° V-12755046, por la violación de los derechos constitucionales al debido proceso y a la defensa, dispuestos en el artículo 49 de la CRBV, por lo tanto, se ORDENA:
MANDAMIENTO de AMPARO
Primero: Anular Parcialmente el acta de asamblea de la Agraviante, inscrita en el Registro Público jurisdiccional el 19-09-2014, bajo el No. 1, Tomo 9, Protocolo de Transcripción de 2014, en su Tercer punto, donde excluyen a las Co-Agraviadas de la Asociación El Araguaney, así como la ratificación inserta en acta inscrita.....