DISPOSITIVO
En virtud de las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación ejercida por la representación judicial de la parte actora. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano VÍCTOR JULIO YÁNEZ, en contra de las entidades de trabajo codemandadas COOPERATIVA A PASO FIRME, R.L y VIALIDAD Y CONSTRUCCIONES SUCRE, C.A., TERCERO: se condena solidariamente a las entidades de trabajo codemandadas COOPERATIVA A PASO FIRME, R.L y VIALIDAD Y CONSTRUCCIONES SUCRE, C.A.,al pago de los conceptos correspondientes a: Indemnización por lucro cesante, Indemnización del artículo 130 de la L.O.P.C.Y.M.A.T y daño moral. CUARTO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
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