En base a los hechos narrados, el derecho invocado y con fuerza de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Plaza y Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guatire, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil Venezolano, en concordancia con la sentencia Nº 1070 de fecha nueve de diciembre del año dos mil dieciséis, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por el ciudadano DARWIN JOSÉ ESCALONA AULAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-13.158.839, asistido por la Defensora Publica Auxiliar Segunda (2ª) extensión Guarenas-Guatire, DANIELLYS ALEJANDRA MONSALVE ALBORNOZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (IPSA) bajo el N° 298.421, contra la ciudadana YU.....