Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley se declara INCOMPETENTE en razón de la cuantía, para entrar a conocer de la demanda de SIMULACION Y NULIDAD introducida por LUIS VICENTE CRESPO VASQUEZ contra JOSEFINA DEL CARMEN MIDEROS, y en consecuencia DECLINA la competencia en un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, al que corresponda por Distribución.