ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 numeral 7°, del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 45 ejusdem, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano JORGE ENRIQUE ROJAS MOROS, de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-9.132.293, fecha de nacimiento 28-04-1955, edad 50 años; residenciado en el barrio Pueblo Nuevo, carrera 8, casa N° 7-15, del Municipio Bolívar, San Antonio del Táchira, de profesión u oficio, Obrero, de estado Civil Soltero, hijo de Hernando Rojas y Floreaba Moros, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑOS, previsto y sancionado en el encabezamiento del articulo 259 de la Ley Orgánica para la Prote.....