DISPOSITIVO
En consideración a los razonamientos expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción del Estado Miranda con sede en Guarenas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara que se ha consumado de pleno derecho en la presente causa la PERENCIÓN y en consecuencia, se ha EXTINGUIDO LA INSTANCIA, en el proceso en que se tramita el recurso contencioso administrativo de nulidad ejercido por la sociedad mercantil RESPONSABLE DE VENEZUELA, C.A., en contra del acto administrativo de efectos particulares contenido en la providencia administrativa Nº00035-2012, dictada por la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Núñez Tenorio", de la ciudad de Guatire, Municipio Zamora del Estado Bolivariano de Miranda.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Se ordena la publicación del presente .....