declara: LA EXTINCIÓN DE LAS PENAS, tanto principal como accesorias que fueron impuestas a la ciudadana ANA DORA RODRIGUEZ, Identificada con la Cédula de Identidad N° V- 6.195.699, en conformidad a lo dispuesto en los artículos 105 del Código Penal y 479 del Código Orgánico Procesal Penal. Ello en virtud de que el Juzgado Superior Primero en lo Penal de esta misma Circunscripción Judicial y sede, le condenó a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRESIDIO mas las accesorias contenidas en los artículos 13 y 34 del Código Penal, por encontrarla responsable del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en los artículos 460 relacionado con el 82, todos del Código Penal.