PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Profesional del Derecho ANDRES ELOY CASTILLO, Defensor Privado de los ciudadanos: GEOVANNY ENRIQUE CAMPOS y PASTOR JOSÉ COLINA SÁNCHEZ, contra la decisión dictada en audiencia de presentación de imputado en fecha 17 de octubre de 2006, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento, mediante la cual, entre otras cosas: SE DECRETA LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a los referidoa ciudadanos, por la calificación de los delitos de ROBO AGRAVADO, PRIVACIÓN ILEGITIMA DE LIBERTAD, USO INDEBIDO DE ARMA DE FUEGO y LESIONES GÉNERICAS, conforme a los artículos 250, 251 numerales 2 y 4 y parágrafo primero y 252 todos del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlo.....