DECLARARSE INCOMPETENTE PARA EL CONOCIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del penado ALTUVE ATILIO, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 9.204.145, venezolano, de 37 años de edad, natural de Mérida, de estado civil casado, de profesión u oficio Obrero, residenciado en Savempe, carretera Vieja Guarenas, Km. 15, entrada el Aguacate, casa Nro. 1 y en tal sentido DECLINA LA COMPETENCIA de la misma, al Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, por ser el Juez de la causa principal, de conformidad con lo establecido en el artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1° ejusdem. Remítase las presentes actuaciones