declara el cumplimiento de la PENA PRINCIPAL Y DE LAS PENAS ACCESORIAS impuestas al ciudadano YARBERTH LOREN PEREIRA ARAUJO, portador de la cédula de Identidad N° 12.877.257, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 18-10-1976, natural de Caracas, soltero, obrero, residenciado en: Fundación Villegas, sector las Julias, parcela Nº 32, casa Nº 7, Turmero estado Aragua y en consecuencia la EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL en el presente caso, conforme con lo previsto en el antes señalado artículo 105 del Código Penal, y en consecuencia se decreta la LIBERTAD PLENA del ciudadano YARBERTH LOREN PEREIRA ARAUJO, portador de la cédula de Identidad N° 12.877.257, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 18-10-1976, natural de Caracas, soltero, obrero, residenciado en: Fundación Villegas, sector las Julias, parcela Nº 32, casa Nº 7, Turmero estado Aragua. ASI SE DECLARA.-