´DISPOSITIVA
A la luz de los razonamientos expuestos, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Declara inadmisible el recurso de apelación signado con la nomenclatura 1-Aa- SP21-R-2025-000021, interpuesto por el Abogado Diego Thomas Bustamante Flores quien presuntamente actúa con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Jesús Leonardo Machado Laguado –en su condición de víctimas-, contra la decisión proferida en fecha trece (13) de agosto del año 2024 y publicada en fecha veintisiete (27) de septiembre del mismo año por el Tribunal Tercero de Primera Tercero en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Táchira.
SEGUNDO: Declara admisible el recurso de apelación signado con la nomenclatura 1-Aa-SP21-R-2024-000226, interpuesto por las abogadas Andrea Estefanía Bernal Colmenares, Doricely .....