Declara formalmente la Interrupción del Debate Oral y Público, en la causa seguida al ciudadano Luís Ángel Yánez Cerezo, titular de la cédula de identidad V.- 20.419.206, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancia Estupefacientes y Psicotrópicas en la Modalidad de Ocultamiento, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de la Colectividad. En virtud de lo resuelto, se Ordena la Reposición de la Causa al estado de convocar a un nuevo inicio y a tal efecto se fija como oportunidad para ello el día 19 de Junio del año 2014, a las 09:00 horas de la mañana. Líbrese Boleta de Traslado al acusado. Notifíquese a las partes de la presente decisión conforme al artículo 159 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASÍ SE DECLARA EXPRESAMENTE.