...se decrete EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA seguida contra el joven adulto (IDENTIDAD OMITIDA), aunado al hecho que durante dicho lapso, no consta en autos, cualquier acto de procedimiento que interrumpiera la prescripción de la acción penal, a tenor de lo dispuesto en los artículos 110 del código Penal y 615 parágrafo segundo de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.-