"... este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Guarenas, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer y decidir la acción de amparo constitucional propuesta, por ser su juez natural; SEGUNDO: CON LUGAR la acción de amparo sobre derechos y garantías constitucionales propuesta por el ciudadano YONAIKER JESÚS RODRÍGUEZ CENTENO en contra de la sociedad mercantil CENTRAL MADEIRENSE, C.A.; en consecuencia, se ordena la restitución inmediata de la situación jurídica infringida por el incumplimiento del acto administrativo contenido en la providencia Nº 562-2011, dictada en fecha 03 de noviembre de 2011, por la Inspectoría del Trabajo "José Rafael Núñez Tenorio", con sede en Guatire, Estado Bolivariano de Miranda ..."