Primero: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte actora, Abogados JUAN PABLO TORRES FIGUEREDO y OLENA ISABEL COLOMBANI DE TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-2.764.756 y V-4.163.986, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 90.687 y 90.686, respectivamente, actuando en su propio nombre y representación, contra el auto dictado en fecha 10 de enero de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Segundo: SE ANULA el auto dictado en fecha 10 de enero de 2011, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Tercero: SE ORDENA al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, emitir un nuevo pronunciamiento con respecto a las medidas de prohibición de enajenar y gra.....