Este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Miranda en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por la ciudadana LUISANA ANDREINA HERNANDEZ BACALLADO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nros. V-20.095.927. En consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LA UNIA con el ciudadano, LUIS ALBERTO VELASQUEZ BARRETO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-17.388.487; en virtud del matrimonio por ellos celebrado en fecha, en fecha 22 de octubre de 2010, por ante el registro Civil del Municipio Los Salías del estado Bolivariano de Miranda, según consta de Acta de Matrimonio Nº 144, cursante al folio 08 y su vuelto del presente expediente, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil venezolano. En virtud a la anterior Decisión, .....