Se decreta la PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR del inmueble propiedad del demandado, identificado como apartamento 2H-46, del Conjunto Residencial Buena Vista, situado en la parcela N° 2 de la Urbanización Buena Vista, Guatire, Municipio Zamora del Estado Miranda, con una superficie aproximada de treinta y seis metros cuadrados (36.00mts2), y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Apartamento 2H-45; SUR: Apartamento 2H-47; ESTE: Fachada este y escaleras; OESTE: fachada oeste. A dicho inmueble le corresponde un porcentaje de condominio de cero enteros con quince mil seiscientos veinticinco cien milésimas por ciento (0.15625%), sobre los bienes y cargas comunes.