Con fundamento en las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero (1º) de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Circuito Judicial penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda conceder al penado MENDEZ MENDEZ LUIS ANTONIO, titular de la cédula de identidad Nº V-13.676.154, de conformidad con los artículos 493 y 497 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, por el lapso de dos (2) años, cuatro (4) meses y dieciocho (18) días, el cual finalizará el día 16 de Febrero de 2012.
Publíquese y notifíquese a las partes de la presente decisión. Líbrese oficio a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario Nº 11 con sede en Ocumare del Tuy, Estado Miranda, a los fines de que se le asigne un delegado de prueba durante el período de prueba al penado MENDEZ MENDEZ LUIS ANTONIO, a los fines de que supervi.....