Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal SEGUNDO DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MITANDA EXTENSION VALLES DEL TUY, ADMINISTRAND JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento:
DECLARA: Se DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA ACCION PENAL, que por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto en el artìculo 277 del Còdigo Penal, le fue atribuido por la la Fiscalia Novena del Ministerio Pùblico de la Circunscripción Penal del Estado Miranda al ciudadano NEI ANTONIO LEON GALINDEZ, venezolano, natural de la Ciudad de Caracas, Distrito Capital, nacido el dia 15-04-1982 de estado civil soltero, de oficio albañil, residenciado en Charallave, Jabillito, Calle Principal, entrada los Muñecos, casa sin nùmero Estado Miranda, hijo de Maria roseta Galíndez (v) y Neil Antonio Leòn (v) identificado en autos con la.....