DECISIÓN
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por el ciudadano VILERA DURAN PEDRO GUILLERMO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 12.085.138, en contra de la sociedad mercantil ANNFELCA SEGURIDAD, C.A. SEGUNDO: Se condena a la sociedad mercantil ANNFELCA SEGURIDAD, C.A. al pago de la cantidad condenada de tres mil seiscientos cuarenta y ocho con sesenta y ocho céntimos (Bs. 3.648,78), más el monto correspondiente a los intereses de mora y la corrección monetaria en los términos anteriormente expuestos. TERCERO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del fallo. Se le advierte a la.....