DISPOSITIVO
En consideración a los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte accionante. SEGUNDO: SE MODIFICA el auto de admisión de pruebas dictado en la presente causa, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Miranda con sede en Guarenas, de fecha 21 de abril de 2016, por lo que se ordena al Tribunal a quo, que admita la prueba instrumental identificada con letra "A" referente a reposo médico emanado del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, a los fines de que emita pronunciamiento en el proceso en el que se tramita la demanda de nulidad intentada por el ciudadano EDGAR JOSÉ VELÁSQUEZ TAMPOA, en cont.....