DECLARA EJECUTADA y COMPUTADA la pena que le fuere impuesta al penado RENE MARTIN D¿ LEON PANTOJA, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.840.540, venezolano, natural del Estado Carabobo, nacido en fecha 10-12-62, de 45 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Taxista, residenciado en el barrio Sector de Bellard, Calle Principal, casa A-10, Guatire, Municipio Zamora, Estado Miranda, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de éste Circuito Judicial Penal y sede, en fecha en fecha 02 de Octubre del presente año, quien lo condenó a cumplir la pena de TRES (03) DE PRISIÓN, por ser autor responsable en la comisión de los delitos de ABUSO SEXUAL A NIÑO, previsto y sancionado en el Artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente con las agravantes del artículo 217 Ejusdem; así como también a las penas accesorias previstas establecidas en el Artículo 16 del Código Penal vigente.