ABSUELVE al ciudadano PEDRO PANTOJA, venezolano, natural de Guatire, nacido en fecha 19 de mayo de 1952, de 57 años de edad, soltero, de profesión u oficio albañil, portador de la Cédula de Identidad N°V-6.544.316, hijo de Ana Lezama (f) y Martín Castro (f), residenciado en Sector Las Brisas del Barrio El Rodeo, casa s/n, Guatire, Municipio Autónomo Zamora del estado Miranda, en relación a la acusación presentada por el Fiscal Cuarto del Ministerio Público, Abg. ORLANDO CARVAJAL, por la presunta comisión de los delitos de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS tipificado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la colectividad de conformidad con lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal