ORDENA .SUSTITUIR LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD, que fuera impuesta en su oportunidad al joven IDENTIDAD OMITIDA acordándosele la Medida de LIBERTAD ASISTIDA, prevista en el artículo 626 Ejusdem, medida ésta que será cumplida por el lapso equivalente a la medida de privación de libertad que le falta por cumplir, se fija la audiencia correspondiente para el día martes dos de diciembre del corriente a las 10:30 am, notifíquese a las partes librese la correspondiente boleta de traslado.