Este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guaicaipuro y Carrizal de la Circunscripción Judicial del estado Miranda en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos ANA MERCEDES ORTEGA y FREDDY DE JESUS MUNELO GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.037.142 y V-7.871.118, respectivamente. En consecuencia, queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIA en virtud del matrimonio por ellos celebrado en fecha 20 de marzo de 2009, por ante el Registro Civil del Municipio Los Salías del estado Bolivariano de Miranda, según consta de Acta de Matrimonio Nº 36, cursante al folio 07 y su vuelto del presente expediente, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 185, del Código Civil. En virtud a la anterior Decisión, se ordena participar lo conducente Registro Civil del Municipio Los Salías, del estado Bol.....