PRIMERO: CONDENA al adolescente: IDENTIFICACION OMITIDA, IDENTIFICACION OMITIDA, a por encontrarlos CULPABLES y en consecuencia penalmente responsable de los cargos imputados por la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público, en la comisión de uno de los delitosContra la Cosa Publica (De la VIOLENCIA O DE LA RESISTENCIA A LA AUTORIDAD) previstos en el artículo 215 de la Ley de Reforma Parcial del Código Penal. Con las circunstancias agravantes establecidas en el artículo 77 (Numerales 5°, 11°, 14º, 16º y 19°) ejusdem, y los SANCIONA a cumplir las Medida de 1- Imposición de REGLAS DE CONDUCTA consistentes en: A.- .- Obligación de Continuar y Culminar sus estudios, consignando ante el Tribunal de Ejecución de este Circuito Judicial Penal (Sección Adolescentes), la respectiva Constancia de Estudio y Notas Certificadas, B.- Prohibición de hacerse acompañar de personas de dudosa reputación, C.- Prohibición de frecuentar lugares donde se expidan bebidas alcohólicas o se realicen juegos .....