OTORGA el beneficio de SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado RIXON JOSÉ SÁNCHEZ ROJAS, quien es de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nº 17.118.912, por el lapso de UN (01) contado a partir de su primera presentación por ante el Delegado de Prueba, todo ello conforme a lo establecido en los artículos 493 y 494 del Código Orgánico Procesal Penal