acuerda DECLARAR CON LUGAR, la solicitud formulada por el penado FREDDY NICOLAS MORENO SILVA, MORENO SILVA FREDDY NICOLÁS de nacionalidad venezolano, natural de Los Teques, Estado Miranda, de estado civil casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.282.995, nacido el 20/03/1967, de 38 años de edad, de profesión u oficio Conductor, residenciado en Suata, calle Sucre, casa s/n, ceca de El Triángulo, La Victoria, Estado Aragua y en consecuencia, MODIFICA la obligación impuesta en fecha 11-08-2006, específicamente la del numeral 2, en relacionada con el deber de consignar ante este órgano jurisdiccional mensualmente constancia de trabajo, así como los recibos de pago que acrediten la remuneración mensual percibida, y la SUSTITUYE por la obligación de consignar ante este juzgado cada seis (06) meses constancia de trabajo y cada dos (02) meses los recibos de pago correspondientes, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.