NIEGA la solicitud realizada por las Dras. SUSANA CHURION DEL VECCHIO y BETZI K. BLANCO MUJICA, en su carácter de Fiscal Cuarta y Fiscal Auxiliar Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, mediante el cual solicita se decrete Medida de Secuestro sobre los bienes muebles que forman parte actualmente del patrimonio de la empresa "PANADERIA Y PASTELERIA MAFER C.A."; en virtud de la investigación N° 15F4-1726-06, por la querella presentada por los Dres. ANGEL RAMÓN ZAMORA A. e ISBELIA GONZALEZ OSSES DE BELLO, en su carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano JOAO MARCELO GONCALVES DE OLIVEIRA, por no encontrarse llenos los extremos previstos en el Artículo 585 del Código Procesal Civil. Asimismo, se ordena la remisión de las actuaciones a la precitada Fiscalía........