Sobre la base de las anteriores consideraciones este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declarara revocado el beneficio del condenado MATA BUROZ RONNY titular del Cédula de identidad Nro. v-13.422.398, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 ordinal 1°, 512 del Código Orgánico Procesal Penal.
Ofíciese a la División de Captura del Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas con sede en al Ciudad de Caracas Distrito Capital.
Notifíquese lo conducente a la Dirección de custodia y rehabilitación del recluso del Ministerio de Interior y Justicia, Oficina de Sanciones y Antecedentes Penales.
Notifíquese al fiscal del Ministerio Público con competencia penitenciaria. Y oficiese lo conducente a fin de que aperture la Averiguación Correspondiente, anexandole Copia Certíficada de la presente .....