...Definitivamente firme como ha quedado la sentencia proferida en fecha veintiséis (26) de octubre del año dos mil cinco (2005) por el Tribunal de primera instancia en función de juicio, No. 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, y publicada en su texto íntegro el día nueve (09) de noviembre de igual año, mediante la cual se condenó al ciudadano RÓMULO MANUEL GIL ORTUÑO, titular de la cédula de identidad personal número V-19.961.934, a cumplir la pena principal de cuatro (04) años de presidio, por ser autor en la comisión de delito de robo genérico, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, en su texto vigente para la data de ocurrencia del hecho, así como al cumplimiento de las penas accesorias establecidas en el artículo 13 eiusdem; se procede, por tanto, a la inmediata modificación del cómputo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479, numeral 1, en relación con la norma del artículo 482, ambos de la ley a.....