DECLARA el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida a persona sin identificar, por la denuncia interpuesta por la víctima ante el extinto Cuerpo Técnico de Policía Judicial ... Todo de conformidad con lo establecido en los Artículos 323 y 324 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo dispuesto en el Ordinal 4° del Artículo 108 del Código Penal Venezolano. La presente decisión se dicta conforme a las disposiciones del Código Penal de fecha 20-10-2000.