PRIMERO: Se admite parcialmente formulada contra LUIS ANDELFO CAMARGO CAMARGO, venezolano, natural de Caracas, Distrito, con cedula de identidad No. 11.926.898, nacido el día 09-12-1972, de 32 años, de estado civil soltero, de oficio comerciante, hijo de Carmen Oliva Camargo (v) y Luis Andelfo Camargo Santafe (v), residenciado en el Barrio 08 de Diciembre, vereda 1, casa No. 52-63, Estado Táchira, cambiando la calificación Jurídica de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal a la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, prevista y sancionada en el articulo 453 ordinal 3° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano José Daniel Quintero.
SEGUNDO: Se admiten las pruebas ofrecidas por el Ministerio Público, de conformidad con el artículo 330, ordinal 9º del Código Orgánico Procesal Penal.
TERCERO: Se CONDENA al imputado LUIS ANDELFO CAMARGO CAMARGO, anteriormente identificado, a la pena de (03) AÑOS DE PRISION, por el delito de HURTO CALIFICADO, p.....