Con fundamento a los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero (1º) de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda. Extensión Barlovento, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en Garantía del Debido Proceso, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se cambia la calificación jurídica en virtud de la desestimación del delito de Detentación de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 277 eiúsdem, por cuanto no fue promovido, en el escrito acusatorio del Fiscal ni mucho menos subsanado en la audiencia preliminar, la experticia practicada al arma de fuego incautada. SEGUNDO: CONDENA de conformidad con lo establecido en el procedimiento especial de la admisión de los hechos artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal al ciudadano Marrugo Parra Álvaro Rafael, titular de la cédula de identidad Nº V.- 20.596.352 (Amp.....